Por la cual se nacionaliza el Colegio Pinillos de Mompox

Rango Ley
Publicación 1936-12-26
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1° El Colegio de Pinillos, que funciona en la ciudad de Mompox, quedará en adelante bajo la dirección inmediata del Gobierno Nacional.
ARTICULO 2° Autorízase al Gobierno Nacional para contratar con la Municipalidad de Mompox, la cesión del edifico en que funciona el Colegio en el artículo precedente mencionado; así como la biblioteca, gabinetes y demás dependencias de ese Colegio.
ARTICULO 3° Autorizársele asímismo para continuar el pago de la renta nominal que el Gobierno ha venido pagando a dicho Colegio, como interés de los cien mil pesos ($ 100.000) que le fueron incautados; suma que se destinará a complementar la enseñanza de alumnos aventajados de aquel Colegio, en otros centros de instrucción.
ARTICULO 4° Por decreto especial el Gobierno procederá a reglamentar todo lo concerniente a darle cumplimiento a la presente Ley.
ARTICULO 5° Esta Ley comenzará a regir desde el principio del venturo año lectivo señalado por el Ministerio de Educación.

Dada en Bogotá a trece de noviembre de mil novecientos treinta y seis.

El Presidente del Senado, ALIRIO GOMEZ PICON-El Presidente de la Cámara de Representantes, DOMINGO IRURITA-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá noviembre 30 de 1936.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional, Darío ECHANDIA.

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