por la cual se determinan los casos en que se pueden conceder auxilios por causa de calamidades públicas

Rango Ley
Publicación 1890-10-20
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Art. único. Derogado

Dada en Bogotá, á quince de Octubre de mil ochocientos noventa.

El Presidente del Senado, J. F. INSIGNARESS.-El Presidente de la Cámara de Representantes, J. M. DOMÍNGUEZ E.-El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 17 de octubre de 1890.

Publíquese y ejecútese,

(L. S.) CARLOS HOLGUÍN.

El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho,

JOSÉ M. GONZÁLEZ VALENCIA.

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