que ordena erigir una estatua del doctor José Ignacio de Márquez

Rango Ley
Publicación 1919-09-13
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

CONSIDERANDO

DECRETA

Artículo 1º. Contrátese por poder ejecutivo un segundo ejemplar de la estatua del doctor José Ignacio de Márquez, que por ley nacional ha sido elaborada con destino a la ciudad de Ramiriquí, a fin de que sea erigida en la capital de la Republica en el sitio que designe el Gobierno Nacional.
Artículo 2º. La Nación se asocia a los festejos que la ciudad de Ramiriquí celebrará el 9 del presente mes con motivo del aniversario del natalicio del doctor José Ignacio de Márquez y de la inauguración de la estatua que la gratitud Nacional ordenó erigirle.

Con este fin destinase la suma de quinientos pesos ($ 500), que le serán entregados a la Municipalidad de Ramiriquí.

Artículo 3º. Señalase con el fin indicado en el artículo 1º la suma hasta de cuatro mil pesos ($ 4.000), suma que será incluida en el Presupuestos de gastos de la presente vigencia.

Dada en Bogotá a diez de septiembre de mil novecientos diez y nueve.

El presidente del Senado, LUIS CUERVO MARQUEZ -El presidente de la Cámara de Representantes, ALFREDO VASQUEZ COBO -El secretario del Senado, Julio D. Portocarrero -El secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo -Bogotá, septiembre 11 de 1919.

Publíquese y ejecútese.

MARCO FIDEL SUAREZ -El ministro de Obras Públicas, CARMELO ARANGO

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