por la cual se dispone la celebración del centenario de una batalla naval

Rango Ley
Publicación 1922-05-18
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

considerando:

decreta:

Artículo 1° El Gobierno de la Republica celebrara el centenario de la victoria obtenida en la batalla naval librada el día 24 de julio de 1823, y mandada de parte de Colombia por el denodado Almirante don José Padilla, natural de Riohacha, cuya memoria se honra aquí una vez más.
Artículo 2° Destinase la suma de cuatro mil pesos ($ 4,000) para la construcción de un puente que se denominara Puente de Padilla, sobre el rio Calancala, que una el Municipio de Riohacha con el territorio de la Comisaria Especial de La Goajira.

Parágrafo. Esta suma será recibida y manejada por una Junta compuesta del Ilustrísimo señor Vicario Apostólico de la Goajira, un miembro del Concejo de Riohacha elegido por la corporación, y un vecino designado por el Gobierno, quienes funcionaran ad honorem.

Artículo 3° Los gastos que ocasione el cumplimiento de esta Ley, se tendrán como incluidos en el Presupuesto de la actual vigencia.

Dada en Bogotá a once de mayo de mil novecientos veintidós.

El Presidente del Senado Abel A CEPEDA­ El Presidente de la Cámara de Representantes, Laureano GAMEZ­ El Secretario del Senado, Julio D Portocarrero.­ El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo.- Bogotá, mayo 13 de 1922.

Publíquese y ejecútese.

JORGE HOLGUIN.

El Ministro de obras Públicas

Próspero MARQUEZ.

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