por la cual se ceden unos materiales para las obras de defensa de un puerto en el río Magdalena

Rango Ley
Publicación 1936-02-08
Estado Derogada
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1°. Derogado
Artículo 2°. Derogado

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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