por la cual se fomenta la educación secundaria y se auxilian dos colegios

Rango Ley
Publicación 1936-12-26
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1.º Con el fin de fomentar la educación secundaria, destínase la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000) para completar las edificaciones del Colegio Provincial de Pamplona, de manera que pueda dar cabida al número de estudiantes santandereanos que soliciten matricula en dicho establecimiento.
ARTICULO 2.º Auxiliase con la suma de diez y ocho mil pesos ($ 18.000) la construcción del edificio del Colegio Alfonso López, que funciona en la población de Chitagá.
ARTICULO 3.º Las sumas de que tratan los artículos anteriores les serán entregadas, respectivamente, al Síndico del Colegio Provincial de Pamplona, y a una junta compuesta por un representante de la Gobernación del Norte de Santander, el Presidente del Consejo del Municipio de Chitagá y el Director del Colegio Alfonso López.
ARTICULO 4.º En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirán las partidas de que trata la presente Ley; y en caso de no hacerse, queda facultado el Gobierno para abrir los créditos correspondientes.
ARTICULO 5.º Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a diez y seis de noviembre de mil novecientos treinta y seis.

El Presidente del Senado, ALIRIO GOMEZ PICON-El Presidente de la Cámara de Representantes, DOMINGO IRURITA-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá noviembre 30 de 1936.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

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