Aceptando las disposiciones de la de 18 de mayo de 1868, sobre el modo de aplicar y cumplir el artículo 9 de la Constitución Nacional

Rango Ley
Publicación 1868-12-18
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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decreta:

Art. único. Acéptase la lei del Congreso de los Estados Unidos de Colombia, de 18 de mayo último, sobre el modo de aplicar i cumplir el artículo 9.° de la Constitución nacional; cuyas disposiciones se observarán en el Estado desde el dia que fijen, de comun acuerdo, el Presidente de la Union i el Gobernador del Estado.

Parágrafo. Para facilitar la intelijencia i ejecucion de la presente lei, se insertará al pié de ella, cuando se publique la nacional a que se refiere.

Dada en Ibagué, a 26 de octubre de 1868,

El Presidente de la Asamblea,

Nestor Escobar.

El Secretario,

Federico Várgas de la Rosa.

Ibagué, octubre 27 de 1868.

Ejecútese i publíquese.

El Gobernador del Estado,

Domingo Caicedo.

El Secretario general,

Alejandro Caicedo.

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