por la cual se dictan unas disposiciones electorales y se decretan varios auxilios
El Congreso de Colombia.
decreta:
ARTICULO 1º Auxíliase al Municipio de Concepción en el Departamento de Santander, con la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000-00) que se incluirán en los presupuestos de las próximas vigencias, quedando facultado el Gobierno para hacer los traslados y abrir los créditos extraordinarios en caso de que no se hicieren las apropiaciones presupuestales.
ARTICULO 2º La partida votada por esta Ley se destinará a las siguientes obras en el Municipio de Concepción:
| Para el matadero público | $ | 10.000.00 |
|---|---|---|
| Para la Casa Municipal | 10.000.00 | |
| Para el arreglo y pavimentación de la plaza | 5.000.00 |
ARTICULO 3º Estas sumas serán entregadas a la Tesorería Municipal de Concepción (Santander), la que deberá rendir las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, previas las formalidades legales que establezca la misma Contraloría.
ARTICULO 4º Auxíliase con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000-00) la Sociedad de Prevención Infantil fundada en Bogotá con el objeto de atender los niños sanos hijos de leprosos.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo, facúltase al Gobierno para abrir los créditos adicionales o hacer los traslados que fueren necesarios dentro del presente año fiscal o en el próximo.
ARTICULO 5º Las elecciones para Diputados a las Asambleas Departamentales y Representantes al Congreso, se verificarán eltercer domingo de marzopara períodos legislativos de dos años, que empiezan a contarse, para Diputados el 20 de abril de 1939 y para Representantes el 20 de julio del mismo año.
PARAGRAFO-Las Asambleas Departamentales harán la elección de Senadores en los primeros diez (10) días de las ordinarias del respectivo año.
ARTICULO 6º Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a quince de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE CEDEñO-El Secretario del Senado, A.Orduz Espinosa-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán.
Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 30 de 1938.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Carlos LOZANO Y LOZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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