que ordena proveer de locales a dos Establecimientos de educación y observaciones del Poder Ejecutivo

Rango Ley
Publicación 1890-11-25
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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DECRETA:

Artículo único. El Gobierno proveerá á perpetuidad de locales adecuados en esta capital para los Colegios de Santo Tomás de Aquino y de Misiones, respectivamente regentados por las Órdenes de Predicadores y de Agustinos descalzos, para lo cual procederá de acuerdo con el Ilustrísimo señor Arzobispo.

El costo ó valor de tales locales se considerará incluido en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia económica.

Dada en Bogotá, á diez y seis de Noviembre de mil ochocientos noventa.

El Presidente del Senado, JORGE HOLGUÍN.-El Presidente de la Cámara de Representantes, ADRIANO TRIBÍN.-El Secretario del Senado, Enrique de Narváez.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.

Gobierno Ejecutivo. - Bogotá, Noviembre 22 de 1890.

Publíquese con objeciones al conjunto.

CARLOS HOLGUÍN

El Ministro de Fomento,

MARCELINO ARANGO.

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