que declara libre de impuesto la exportación de metales

Rango Ley
Publicación 1909-09-28
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.° Desde la fecha de la sanción de la presente Ley los metales que se extraigan de las minas del país quedarán libres de derechos de exportación.
Artículo 2.° Deróganse todas las disposiciones en contrario.

Dada en Bogotá, á diez y seis de Septiembre de mil novecientos nueve.

El Presidente del Senado,

ANTONIO JOSÉ URIBE

El Presidente de la Cámara de Representantes,

PEDRO NEL OSPINA

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Luis María Terán

Poder Ejecutivo-Bogotá, Septiembre 21 de 1909.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.)

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

J.SAMPER

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.