por la cual se honra la memoria del doctor Luis V. González
El Congreso de Colombia
considerando:
Que el día 23 de enero del año en curso falleció en Ibagué el doctor González, miembro principal de la Cámara de Representantes, en la presente Legislatura;
Que el Doctor Luis V. Gonzales mereció, por su propio esfuerzo digno de todo encomio, el respeto de los colombianos por su haber y su cultura y ocupo con brillo sobresaliente los altos puestos de Senador de la República Representante a la Cámara, Gobernador del Tolima, Diputado a la Asamblea de dicho Departamento, Jefe Militar, miembro de altas corporaciones y otros muchos, en todos los cuales dejo honda huella de sabiduría y competencia, y
Que es un deber de la Nación honrar la memoria de sus buenos hijos,
decreta:
Artículo 1º. Lamentase la desaparición del doctor Luis V. González, y recomiéndese su vida como ejemplo digno de imitarse.
Artículo 2º. El Gobierno procederá a construir en la ciudad de Ambalema, cuna del extinto y como monumento a su memoria, un edificio escolar que llevara el nombre Escuela Luis V. González. En el frontón de este edificio se colocara una placa de mármol con la siguiente inscripción:
La República a Luis V. González.
Parágrafo 1º Destinase la suma de cinco mil pesos ($5.000) para dar cumplimiento a este artículo, la cual será incluida en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Parágrafo 2º Esta suma será puesta a la orden de la Dirección de Instrucción Pública del Departamento del Tolima, para que de acuerdo con la familia del extinto o su dirección y control inmediato, se lleve a cabo la construcción del que ha de llamarse Escuela Luis V. González.
Artículo 3º. Copia de esta Ley, con los autógrafos de los funcionarios que hayan de autorizarla, y copia de los antecedentes con nota de estilo, será enviada a la señora viuda del doctor González.
Dada en Bogotá a trece de octubre de mil novecientos veinticuatro.
El Presidente del Senado, Ricardo TIRADO MACÍAS. El Presidente de la Cámara de Representantes, Manuel Enrique PUYANA. El `Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango. El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder ejecutivo - Bogotá, octubre 21 de 1924.
Publíquese y ejecútese.
PEDRO NEL OSPINA.
EL MINISTRO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PÚBLICAS,
Juan N. CORPAS.
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