por la cual se ordena la construcción de varios puentes en el camino carreteable que une a las poblaciones de El Banco y Pinto, en el Brazo de Mompós

Rango Ley
Publicación 1936-02-13
Estado Derogada
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° Derogado
ARTICULO 2° Derogado

Dada en Bogotá a veintiocho de enero de mil novecientos treinta y seis.

El Presidente del Senado, RODRIGO E. VIVES-El Presidente de la Cámara de Representantes, PEDRO CLAVER AGUIRRE-El Secretario del Senado, Rafael CampoA.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá febrero 1° de 1936.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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