Por la cual se declara incluida una vía en el plan de carreteras nacionales
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1° Derogado.
ARTICULO 2° Derogado.
ARTICULO 3° Derogado.
ARTICULO 4° Derogado.
ARTICULO 5° Derogado.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Obras Públicas,
Abel CRUZ SANTOS
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