por la cual se honra la memoria del distinguido ciudadano doctor José Tomás Henao
El Congreso de Colombia
considerando:
1°. Que el doctor José Tomás Henao murió en esta capital el 28 de abril próximo pasado.
2°. Que el señor doctor Henao ejerció durante más de cuarenta años, con brillante éxito y caritativa solicitud, la noble profesión de médico;
- 3° Que fue Gobernador del antiguo Departamento de Antioquia, Cónsul de la Republica en la ciudad de Bourdeaux, Diputado a la asamblea Departamental de Caldas y miembro varias veces de la Representación Nacional, puestos en los cuales presto a la Patria importantes servicios,
Decreta:
Artículo 1°. Laméntese la muerte de la distinguido ciudadano, hónrase su memoria y recomiendase su vida como ejemplo digno de ser imitado.
Artículo 2°. Una vez sancionada esta Ley, se enviara un ejemplar de ella, con firmas autógrafas a la distinguida matrona señora doña Clementina Mejía viuda de Henao.
Dada en Bogotá a 5 de julio de 1918.
El Presidente del Senado,
Pomponio GUZMAN
El Presidente de la Cámara de Representantes,
J. F. INSIGNARES
El Secretario del Senado,
Julio D. Portocarrero
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Fernando Restrepo Briceño
Poder Ejecutivo-Bogotá, julio 9 de 1918.
Publíquese y ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
MIGUEL ABADIA MENDEZ
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