por la cual se honra la memoria del General Jorge Holguín
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1° El Congreso de la República honra la memoria del Señor General Jorge Holguín y presenta su vida al pueblo colombiano como ejemplo de buen ciudadano.
Artículo 2° Un busto en bronce del señor General Holguín será colocado en el salón de sesiones de la Cámara de Representantes, y un retrato al óleo en el de sesiones del Consejo de Ministros, en el Palacio Presidencial.
Artículo 3° Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley, serán liquidados en la de Apropiaciones de la próxima vigencia, y copia de ella será entregada a la familia.
Dada en Bogotá a veintinueve de mayo de mil novecientos veintiocho.
El Presidente del Senado, Carlos Jaramillo Isaza-El Presidente de la Cámara de Representantes, Ignacio Moreno E. El Secretario Del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, mayo 31 de 1928.
Publíquese y ejecútese.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro De Gobierno, ENRIQUE J. ARRAZOLA.
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