Por la cual la Nación auxilia el Festival Folclórico Interamericano y el Concurso Folclórico Nacional

Rango Ley
Publicación 1961-02-04
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Con destino a los gastos relacionados con la-preparación, organización y desarrollo del Festival Folclórico Interamericano y del Concurso Folclórico Nacional. que han de celebrarse en la ciudad de Manizales en enero de 1961, aprópiase la suma de ciento cincuenta mil pesos $ 150.000.00 moneda corriente los cuales serán pagados a la Oficina de Fomento y Turismo de dicha ciudad, como entidad organizadora del certamen.
Artículo 2° Para dar cumplimiento a la presente Ley facultase al Gobierno para que inmediatamente después de sancionada, proceda a abrir los créditos necesarios o hacer los respectivos traslados en el Presupuesto de la vigencia en curso.
Artículo 3° La Contraloría General de la República supervigilará la inversión que la Oficina de Fomento y Turismo de Manizales haga con las apropiaciones a que se refiere la presente Ley, y en el caso de quedar remanentes de los ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00.) moneda corriente, reglamentará su inversión.
Artículo 4° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá. D. E. a quince de diciembre de mil novecientos sesenta.

El Presidente del Senado,

GUSTAVO SERRANO GOMEZ

El Presidente de la Cámara de Representantes,

LUIS ALFONSO DELGADO

El Secretario del Senado.

José Manuel Hurtado Lozano

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Alvaro Ayala Murcia

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Bogotá D. Enero 21 de 1961

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa

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