Por la cual se autoriza la permuta de un edificio y la cesión de otro
decreta:
ARTICULO 1º Autorizase al Gobierno para ceder al Municipio de Manizales, con destino exclusivo a la construcción de una plaza de mercado, el lote de terreno y el edificio ocupa actualmente el cuartel del Batallón Ayacucho en esa ciudad. La entrega se hará por el Ministerio de Guerra al Municipio de Manizales, una vez que se traslade a los nuevos cuarteles el Batallón, y siempre que se reconozcan a favor del Gobierno Nacional, por el tiempo que las partes fijarán, rebajas en las tarifas ordinarias que se cobren por los servicios de acueducto y alumbrado en los cuarteles.
ARTICULO 2º El Gobierno Nacional queda autorizado para celebrar con el Departamento de Boyacá un contrato de permuta, consistente en dar el edificio del antiguo cuartel y Casino de Oficiales del Batallón Bolíva r, en Tunja, a cambio del edificio que ha venido ocupando en los últimos años el Colegio Departamental Femenino.
Dada en Bogotá a cuatro de octubre de mil novecientos cuarenta.
El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS - El Presidente de la Cámara de Representantes, SERGIO ABADIA ARANGO - El Secretario del Senado, Rafael Campo A. El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo - Bogotá, 11 de octubre de 1940.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Guerra,
José Joaquín CASTRO M.
El Ministro de Educación Nacional,
J. E. GAITAN
El Ministro de Obras Públicas,
Francisco RODRIGUEZ MOYA
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