por la cual la Nación se asocia a la celebración de los noventa años de existencia del Colegio Nacional Liceo Celedón y ordena la construcción de algunas obras

Rango Ley
Publicación 1995-08-04
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación se asocia a la celebración de los 90 años de existencia del Colegio Nacional Liceo Celedón en la ciudad de Santa Marta.

Artículo 2º. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley, el Gobierno Nacional ayudará, a través de los mecanismos de cofinanciación establecidos en las normas sobre la materia, a efectuar las obras que mejoran la prestación de los servicios que corresponden al Colegio Nacional Liceo Celedón que a continuación se detallan:

Artículo 3º. Para el logro de lo dispuesto en el artículo anterior, el Gobierno Nacional apropiará en el Presupuesto General de la Nación hasta la suma de quinientos millones de pesos ($500.000.000).

Artículo 4º. Esta Ley rige a partir de su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República.

Juan Guillermo Ángel Mejía.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Álvaro Benedetti Vargas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Diego Vivas Tafur

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de agosto de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

La Ministra de Educación Nacional,

María Emma Mejía Vélez.

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