que conduce una autorización al Gobierno
El Consejo Nacional Legislativo
CONSIDERANDO:
Que Sargento Mayor de la Independencia Sr. José María Forero, prestó en aquella época de prueba importantes servicios a la Patria, sirviendo en las filas patriotas desde el año de 1820, y que su familia se encuentra en estado de suma pobreza,
DECRETA:
Artículo único. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 153 de 1887, concédase por una sola vez a los representantes legítimos del Sargento Mayor José María Forero la recompensa de mil setecientos cincuenta pesos ($ 1.750), que le será pagada íntegramente y en moneda legal.
Dada en Bogotá, a veinticinco de Febrero de mil ochocientos ochenta y ocho.
El Presidente. carlOs calderón R.-El Vicepresidente, José M Rubio F.-Los Secretarios, Manuel Brigard, Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, á 27 de Febrero de 1888.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) RAFAEL NUÑEZ.
El Ministro del Tesoro,
CARLOS MARTÍNEZ SILVA.
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