por el cual se concede una pensión a la viuda o hijas del Dr. Ricardo Becerra

Rango Ley
Publicación 1905-04-29
Estado Vigente
Departamento ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Y LEGISLATIVA DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa de Colombia,

En atención á los eminentes servicios prestados á la República por el finado Dr. Ricardo Becerra,

DECRETA:

Concédese á la viuda y á las dos hijas solteras del distinguido colombiano Dr. Ricardo Becerra una pensión de $ 100. En caso de muerte de cualquiera ó cualesquiera de ellas, las sobrevivientes gozarán de la pensión integra.

Dada en Bogotá, á catorce de Abril de mil novecientos cinco.

El Presidente,

ENRIQUE RESTREPO GARCÍA

El Secretario, Luis Felipe Angulo.

Poder Ejecutivo - Bogotá, Abril 14 de 1905.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) R. REYES

El Ministro de Hacienda,

PEDRO ANTONIO MOLINA

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