por la cual se aprueban los Presupuestos Nacionales de Rentas y Gastos para el periodo económico de 1908
La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.
decreta:
Artículo 1.° Derogado
Artículo 2.° Derogado
Artículo 3.° Derogado
Artículo 4.° Derogado
Artículo 5.° Derogado
Artículo 6.° Derogado
Artículo 7.° Derogado
Artículo 8.° Derogado
Dada en Bogotá, á veintidós de Agosto de mil novecientos ocho.
El Presidente,
Alfredo Vasquez Cobo.
El Secretario,
Gerardo Arrubla.
El Secretario,
Fernando E. Baena.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Agosto 24 de 1908.
Publíquese y ejecútese.
R. REYES
El Subsecretario de Hacienda encargado del Ministerio de Hacienda y Tesoro,
B. Sanin Cano
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