Que restablece el Departamento del Atlántico

Rango Ley
Publicación 1910-07-28
Estado Vigente
Departamento ASAMBLEA NACIONAL DE COLOMBI
Fuente SUIN-Juriscol
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La Asamblea Nacional de Colombia

Decreta

Artículo 1.° Restablécese el Departamento del Atlántico, el cual se compondrá de los Distritos que actualmente forman las Provincias de Barranquilla y Sabanalarga, por sus límites actuales.
Artículo 2.° Esta Ley regirá desde el día siete de Agosto próximo, y por ella queda modificada la Ley 65 de 1909.

Dada en Bogotá, á ocho de Julio de mil novecientos diez.

El Presidente,

El Secretario,

Marcelino Uribe Arango

Poder Ejecutivo-Bogotá, Julio 14 de 1910.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.)

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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