por medio de la cual se aprueba “la Resolución 2847 (XXVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre aumento del número de miembros del Consejo Económico y Social”

Rango Ley
Publicación 1975-01-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo único. Apruébase "La Resolución 2847 (XXVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre aumento del número de miembros del Consejo Económico y Social, cuyo texto es el siguiente:

La Asamblea General

Reconociendo que el aumento del número de miembros del Consejo Económico y Social proporcionará una representación amplia al conjunto de Miembros que componen las Naciones Unidas y hará del Consejo un órgano más eficaz para el desempeño de sus funciones en virtud de los Capítulos IX y X de la Carta de las Naciones Unidas.

Habiendo examinado el informe del Consejo Económico y Social 1,

ARTICULO 61

"1. El Consejo Económico y Social, estará integrado por cincuenta y cuatro Miembros de las Naciones Unidas elegidos por la Asamblea General.

"2. Salvo lo prescrito en el párrafo 3, dieciocho miembros del Consejo Económico y Social serán elegidos cada año por un período de tres años. Los miembros salientes serán reelegidos para el período subsiguiente.

"3. En la primera elección que se celebre después de haberse aumentado de veintisiete a cincuenta y cuatro el número de miembros del Consejo Económico y Social, además de los miembros que se elijan para sustituir a los nueve miembros cuyo mandato expire al final de ese año, se elegirán veintisiete miembros más. El mandato de nueve de estos veintisiete miembros adicionales así elegidos expirará al cabo de un año, y el de otros nueve una vez transcurridos dos años conforme a las disposiciones que dicte la Asamblea General.

"4. Cada miembro del Consejo Económico y Social tendrá un representante".

"Cada año, en el curso de su período ordinario de sesiones, la Asamblea General elegirá dieciocho miembros del Consejo Económico y Social, por un período de tres años".

Aprobado, sométase a la consideración del Congreso Nacional para los efectos constitucionales

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Alfredo Vásquez Carrizosa.

Es fiel copia del original de "la Resolución 2847 (XXVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre aumento de número de miembros del Consejo Económico y Social".

Bogotá, D. E., julio de 1973.

Carlos Borda Mendoza, Secretario General

Dada en Bogotá, D. E., a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.

El Vicepresidente del honorable Senado,

EDMUNDO LOPEZ GOMEZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

LUIS VILLAR BORDA

El Secretario General del honorable Senado,

Amaury Guerrero

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Ignacio Laguado Moncada.

República de Colombia - Gobierno Nacional

Bogotá, D. E., 18 de diciembre de 1974.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Indalecio Liévano Aguirre.

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