por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Abrecé al Poder Ejecutivo, con imputación al departamento de Política Interior, capítulo 10, artículo 14 del Presupuesto de gastos de la vigencia económica de1911, el siguiente crédito adicional:
| Para los gastos extraordinarios é imprevistos del Ministerio de Gobierno | $9,000 |
|---|---|
Dada en Bogotá á diez y seis de Octubre de mil novecientos once.
El Presidente del Senado,
P. A. MOLINA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
MIGUEL ABADÍA MENDEZ
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Miguel A. Peñaredonda
Poder Ejecutivo - Bogotá, Octubre 18 de de 1911.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) CARLOS E. RESTREPO
El Subsecretario del Tesoro encargado del Despacho,
RICARDO HINESTROSA DAZA
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