Por la cual la nación de asocia a un centenario

Rango Ley
Publicación 1958-12-12
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° La Nación se asocia a la celebración del primer centenario del establecimiento de la Municipalidad de Ipiales, hecho ocurrido el 23 de octubre de 1863.
ARTICULO 2° La Nación, mediante la elaboración de un plan de cinco años, construirá en Ipiales las siguientes obras: ampliación y rectificación del acueducto y alcantarillado; pavimentación de las calles y plazas y de las vías que conducen a Las Lajas, San Luis y Rumichaca; rectificación, ampliación y afirmado del Aeródromo "San Luis"; ampliación y dotación eficaz del Hospital de San Vicente.
ARTICULO 3° En los planes que la Nación realice sobre construcciones escolares, se deberá dar atención preferencial al Municipio de Ipiales.
ARTICULO 4° La Nación, en cumplimiento de la Ley 61 de 1942, inmediatamente dará comienzo a las gestiones legales conducentes para firmar el respectivo contrato con el Departamento de Nariño, y asegurar así la inmediata nacionalización del Colegio Sucre.
ARTICULO 5° En los Presupuestos de las próximas vigencias se incluirán las partidas necesarias para el cumplimiento de esta Ley, y si no se hiciere, queda el Gobierno facultado para abrir los créditos y hacer los traslados necesarios.
ARTICULO 6° El plan de que se trata en el Artículo 2° de esta Ley será elaborado por el Gobierno Nacional, en asocio del Concejo Municipal de Ipiales.
ARTICULO 7° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a 24 de noviembre de 1958.a veinticuatro de noviembre de mil novecientos cincuenta y ocho.

El Presidente del Senado,

diego luis cordoba.

El Presidente de la Cámara de Representantes

laureano delgado e.

El Secretario General del Senado,

Jorge Manrique Terán.

El Secretario General de la Cámara de Representantes

Luis Alfonso Delgado

República de Colombia-Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., 5 de diciembre de 1958.

Publíquese y ejecútese

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Hernando Agudelo Villa

El Ministro de Educación Nacional

Reinaldo Muñoz Zambrano.

El Ministro de Obras Públicas,

Virgilio Barco Vargas

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