Por la cual la Nación se asocia a la celebración de un nuevo aniversario de la Universidad del Cauca, y se decretan unos auxilios
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. El Congreso de Colombia se asocia a la celebración del centésimo-trigésimo-sexto aniversario de la Universidad del Cauca, el 11 de noviembre de 1963.
Artículo 2º. Con el fin de contribuír al desarrollo de los planes y programas de desarrollo que tiene la Universidad del Cauca, destínanse las siguientes partidas: Un millón de pesos ($1.000 000) anuales, durante los próximos cuatro (4) años, con destino a la realización de los programas académicos que tiene esa Universidad; dos millones de pesos ($2.000.000) para la construcción de la Ciudad Universitaria, suma ésta que será incluída, por partes iguales, en el Presupuesto anual de cada una de las vigencias inmediatamente posteriores a la aprobación de la presente Ley.
Artículo 3º. Para percibir los aportes relativos a la Ciudad Universitaria, la Universidad del Cauca cumplirá previamente los requisitos a que se refiere la Ley 71 de 1946, y también allegará los documentos que la acreditan como propietaria de los terrenos en donde va a construirse la Ciudad Universitaria.
Artículo 4º. A fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo anterior, facúltase al Gobierno para efectuar los traslados, abrir los créditos y contracréditos necesarios y hacer las operaciones presupuestales que requieran el cumplimiento de esta Ley.
Artículo 5º. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a veintidós de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.
El Presidente del Senado,
DARIO MARIN VANEGAS
El Presidente de la Cámara de Representantes,
DIEGO URIBE VARGAS
El Secretario del Senado,
Horacio Ramírez Castrillón.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis Esparragoza Gálvez.
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Bogotá D.E., noviembre 26 de 1964.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Diego Calle Restrepo.
El Ministro de Educación Nacional,
Pedro Gómez Valderrama.
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