por la cual la Nación se vincula a la celebración de los sesenta años de la fundación de Mitú, Vaupés, rinde homenaje a los mituseños y se ordena la realización de obras de infraestructura

Rango Ley
Publicación 1995-12-26
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1o. La Nación se asocia a la conmemoración de los 60 años de la fundación de Mitú, capital del departamento del Vaupés, a celebrarse el 6 de octubre de 1996.

Artículo 2o. A partir de la sanción de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 341 y 359, numeral 3º de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para asignar dentro del presupuesto de las vigencias de 1996, 1997, 1998, 1988 y 2000 las sumas necesarias para ejecutar las siguientes obras de interés social, en el municipio de Mitú, departamento del Vaupés:

Artículo 3o. Autorízase al Gobierno Nacional para celebrar las operaciones presupuestales y los contratos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley.

Artículo 4o. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Julio César Guerra Tulena.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Rodrigo Rivera Salazar.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Diego Vivas Tafur.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a los 26 de diciembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

La Ministra de Educación Nacional,

María Emma Mejía Vélez.

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