Reformatoria de algunos artículos del Código Fiscal

Rango Ley
Publicación 1875-05-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

d e c r e t a :

Artículo 1.° Los sueldos, dietas i viáticos, que desde el próximo periodo correspondan a los Comisarios de los Territorios nacionales, serán iguales a los que devengan los Senadores i Representantes, conforme a las layes.
Artículo 2.° Quedan en estos términos reformados los artículos 1147, 1148 i 1153 del Código Fiscal.

Dada en Bogotá, a seis de mayo de mil ochocientos setenta i cinco.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

B. Correoso.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Manuel Sárria.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Benjamin Pereira G.

Poder Ejecutivo de la Union Bogotá,-9 de mayo de 1875.

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S.) S. PÉREZ.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,

J. Sánchez.

Diagramó:1026573885

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.