por la cual se destina una suma para reparación y reconstrucción de la carretera de Cambao

Rango Ley
Publicación 1925-02-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

decreta:

Artículo 1.° Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000) para reparación y reconstrucción de la carretera de Cambao, suma que será entregada al Departamento de Cundinamarca por conducto de la Administración Principal de Hacienda.
Artículo 2.° La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley, se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Dada en Bogotá a treinta de enero de mil novecientos veinticinco.

El Presidente del Senado, Daniel GUTIERREZ Y ARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Alfonso JARAMILLO-El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, febrero 13 de 1925

Publíquese y ejecútese.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.

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