Por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Ley
Publicación 1958-12-12
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA

ARTICULO 1° Hácense las siguientes traslaciones en el presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 29838 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.

(Certificado de disponibilidad numero 81 expedido por el Contralor General de la República, el 2 de octubre de 1958)

ARTICULO 2° Esta Ley regirá desde su sanción

Dada en Bogotá, D, E., a veinticuatro de noviembre de mil novecientos cincuenta y ocho

El Presidente del Senado

DIEGO LUIS CORDOBA

El Presidente de la Cámara de Representantes

LAUREANO DELGADO E.

El Secretario General del Senado

Jorge Manrique Terán

El Secretario General de la Cámara de Representes

Luis Alfonso Delgado

República de Colombia- Gobierno Nacional

Bogotá. D, E., 5 de diciembre de 1958

Publíquese y ejecútese

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Cesar Turbay Ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Hernando Agudelo Villa

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