por la cual se adiciona el artículo 236 del Capítulo V del Código Sustantivo del Trabajo
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Adicionase el artículo 236 del Capítulo V del Código Sustantivo del Trabajo, con el siguiente numeral:
-
- Todas las provisiones y garantías establecidas en el presente capítulo para la madre biológica se hacen extensivas, en los mismos términos y en cuanto fuere procedente, para la madre adoptante del menor de 7 años de edad, asimilando a la fecha del parto la de la entrega oficial del menor que se adopta.
Artículo 2° Esta Ley rige a partir de su promulgación.
Dada en Bogotá, D. E., a ...
El Presidente del honorable Senado,
ALVARO VILLEGAS MORENO.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
MIGUEL PINEDO VIDAL.
El Secretario General del honorable Senado,
Crispín Villazón de Armas.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia. - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese.
Bogotá, D. E., 24 de enero de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Justicia,
Enrique Parejo González.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Jorge Carrillo Rojas.
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