que condona una deuda al Sr. Enoch Domínguez
El Congreso de Colombia
CONSIDERANDO:
1.° Que al Sr. Enoch Domínguez le fue robada la cantidad de dos mil trescientos treinta pesos, noventa y siete y medio centavos ($ 2,330 97 1/2) de la caja en que guardaba los fondos pertenecientes á la Administración de Hacienda Nacional del Circuito de Buga, como Administrador de dicha Oficina;
2.° Que el mismo Sr. Domínguez ha comprobado ser y haber sido siempre Hombre de bien y fiel Administrador de los intereses ajenos confiados á su cuidado,
DECRETA:
Artículo 1.° Condónase al Sr. Enoch Domínguez la cantidad de dos mil trescientos treinta pesos, noventa y siete y medio centavos ($ 2,330-97 1/2), valor del alcance que le resultó en sus cuentas como Administrador de Hacienda Nacional del Circuito de Buga, igual á la que le fue robada de la caja de su manejo.
Artículo 2.° En los libros de las Oficinas encargadas de examinar y fenecer estas cuentas se asentará por el empleado respectivo la correspondiente partida de cancelación.
Dada en Bogotá, á veintinueve de Septiembre de mil ochocientos noventa y seis.
El Presidente del Senado,
AURELIO MUTIS.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
MARCELINO VARGAS.
El Secretario del Senado,
Camilo Sánchez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Miguel A. Peñaredonda
Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Septiembre 30 de 1896.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) M. A. CARO.
El Ministro de Tesoro,
MANUEL PONCE DE LEÓN.
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