por la cual se honra la memoria del General Santos Gutiérrez
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1° La República de Colombia honra la memoria del General Santos Gutierrez, quien dedicó su inteligencia y sus extraordinarias energías al servicio del país.
Artículo 2° En la plaza principal de la ciudad de El Cocuy se erigirá un busto del General Santos Gutierrez, para perpetuar su memoria.
Artículo 3° Autorizase al Gobierno para incluir ene presupuesto la partida necesaria con el fin de que pueda dar cumplimiento a la presente Ley.
Artículo 4° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a diez y siete de octubre de mil novecientos cuarenta.
El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, SERGIO ABADIA ARANGO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. El secretario de la cámara de representantes, Jorge Uribe Márquez. Organo Ejecutivo - Bogotá, 2 De Octubre De 1940.
Publíquese Y Ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro De Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro De Obras Públicas
Francisco RODRIGUEZ MOYA
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