Por la cual se honra la memoria del doctor Tancredo Nannetti

Rango Ley
Publicación 1941-09-05
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° La República honra la memoria del doctor Tancredo Nannetti, eminente jurisconsulto e ilustre ex-Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
ARTICULO 2° Un retrato al óleo del insigne desaparecido será colocado en el salón principal de actos de la Corte Suprema de Justicia, y otro en el Tribunal del Distrito Judicial de Popayán.
ARTICULO 3° Los gastos que demande el cumplimiento de esta ley, se atenderán con una partida hasta de cinco mil pesos ($ 5.000), que se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia, y si esto no ocurriere, el Gobierno abrirá los créditos respectivos.

Dada en Bogotá a veintiséis de agosto de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente del Senado, PEDRO JUAN NAVARRO - El Presidente de la Cámara de Representantes, ALBERTO LLERAS - El Secretario del Senado, José Umaña Bernal - El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo - Bogotá, 3 de septiembre de 1941.

Publíquese y cúmplase.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

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