por la cual la Nación se asocia a la celebración del 55º aniversario de la fundación de Apía, en el Departamento de Caldas

Rango Ley
Publicación 1938-12-23
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1° La Nación se asocia a la celebración del 55° aniversario de la fundación de Apía y destina la suma de treinta mil pesos ($ 30,000) como aporte para la construcción de dos escuelas, una en la cabecera y otra en el Corregimiento de Viterbo, correspondiendo a la primera veinte mil pesos ($ 20,000) y a la segunda diez mil pesos ($ 10,000).
ARTICULO 2° Los planos para la construcción de los locales serán aprobados por el Ministerio de Educación Nacional y de la inversión de los fondos se rendirán cuentas a la Contraloría Nacional.
ARTICULO 3° La partida a que se refiere esta ley será apropiada en el Presupuesto de la próxima vigencia, y de no hacerlo así queda autorizado el Poder Ejecutivo para abrir los créditos correspondientes para darle cumplimiento.
ARTICULO 4° Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a quince de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la Cámara de Representantes, ARTURO REGUEROS PERALTA-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, diciembre 21 de 1938.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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