Por la cual se conceden ciertas exenciones en favor de varios objetos

Rango Ley
Publicación 1882-07-07
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

decreta :

Artículo 1.° Decláranse libres de derechos de importacion y de los de conduccion por el Ferrocarril de Bolívar, una fuente de mármol, una verja de hierro, los asientos, postes de hierro y faroles que el Gobernador de la Provincia de Barranquilla introduzca para la construcción y ornato de un Parque y paseo público, en la plaza denominada de San Nicolas en aquella ciudad.
Artículo 2.° Concédese igualmente exencion del derecho de importacion que se hubiere liquidado ó que se liquide en la Aduana de Cartagena, á un pupitre remitido de New-York por el señor Vicente Yolí, obsequiado para el servicio de la Presidencia de la Asamblea Legislativa del Estado soberano de Bolívar.

Dada en Bogotá, á veintiseis de Junio de mil ochocientos ochenta y dos.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

Diógenes A. Arrieta.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Julio Añez.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Cárlos Cótes.

Poder Ejecutivo nacional Bogotá, 28 de Junio de 1882.

Publíquese y ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S.) FRANCISCO J. ZALDÚA.

El Secretario de Hacienda,

Miguel Samper.

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