por la cual se rinde homenaje a Jesucristo y se ordena la creación de un monumento
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° La Republica de Colombia, al terminar el siglo en que comenzó su vida de Nación libre y soberana, cumple el deber de reconocer de una manera explícita la divina autoridad social de Jesucristo y de agradecerle los beneficios que de Él ha recibido, y así lo hace por medio de la presente Ley.
Artículo 2.° En testimonio de ese reconocimiento, como símbolo de la gratitud nacional y para perpetuar la memoria de este acto del Congreso, con el cual se expresa el sentimiento más firme y profundo de los pueblo de Colombia, se erigirá un monumento que, previo acuerdo con la autoridad eclesiástica, será colocado en la Catedral de Bogotá.
Artículo 3.° Una copia de esta Ley será presentada al Excelentísimo Señor Delegado Apostólico en Bogotá y otra enviada a la Santidad de León XIII por conducto de la Republica ante el Vaticano, en señal de adhesión de los colombianos al Vicario de Jesucristo.
Artículo 4.° Declarase incluida en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia la cantidad necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.° de esta Ley.
Dada en Bogotá, á 4 de Noviembre de 1898.
El Presidente del Senado, INDALECIO SAAVEDRA.-El Presidente de la Cámara de Representantes, JUAN B. VALENCIA.-El Secretario del Senado, Alejandro Posada.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Gerardo Pulecio.
Gobierno Ejecutivo - Bogotá, Noviembre 8 de 1898
Publíquese y ejecútese.
(L. S.). MANUEL A. SANCLEMENTE.
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno, PEDRO ANTONIO MOLINA .
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