Por la cual se crean el Juzgado promiscuo del Circuito de Belén de Umbría, y el Circuito Notarial de Génova, en el Departamento de Caldas

Rango Ley
Publicación 1944-12-29
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1°. Crease en el distrito judicial de Pereira un juzgado promiscuo del circuito integrado por los municipios de Belén de Umbría, que será su cabecera, y el de Mistrató. Dicho Juzgado tendrá el personal y asignaciones de los de su clase en el Distrito Judicial de Pereira, al cual pertenecerá el nuevo circuito.
ARTICULO 2°. Crease el Circuito Notarial de Génova, formado por este municipio, en el departamento de caldas.
ARTICULO 3°. Esta ley regirá desde su promulgación.

Dada en Bogotá, a veintitrés de noviembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

El Presidente del Senado, CAMILO MEJIA DUQUE.- El Presidente de la Cámara De Representantes, RAFAEL JARAMILLO B.- El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo. El Secretario de la Cámara de Representantes, Andres Chaustre B.

Organo Ejecutivo -Bogotá, 15 de diciembre de 1944.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS

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