Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital, se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1980 por la suma de $ 9.740.125.924.00
El congreso de Colombia
decreta
Artículo 1º. Adicionase el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1980 en la cantidad de nueve mil setecientos cuarenta millones ciento veinticinco mil novecientos veinticuatro pesos ($ 9.740.125.924.00) moneda corriente, con base en lo certificados de Disponibilidad números 10, 12, 13, 21, 22, y 23 expedidos por el Controlador general de la Republica, se incorpora así:
Artículo 2°. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior. ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gasto para la vigencia discal de 1980:
Artículo 3°. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D.E. a... de mil novecientos ochenta (1980)
El Presidente del honorable Senado de la Republica,
JOSE IGNACIO DIAZ GRANADOS
El Presidente de la honorable Camara de Representantes,
HERNANDO TURBAY TURBAY
El Secretario General del honorable Senado de la Republica,
Amaury Guerrero
El Secretario General de la honorable Camara de Representantes,
Jairo Morera Lizcano
Republica de Colombia, Gobierno Nacional.
Dada en Bogota, D.E, a 29 de octubre de 1980
Publiquese y Ejecutese,
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Credito Publico, encargado
Guillermo Nuñez Vergara.
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