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De créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1882 a 1885

Texto vigente a fecha 1970-01-02

EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA

decreta :

Artículo único. Abrense al Poder Ejecutivo, con imputación á los Departamentos, capítulos y artículos que pasan á expresarse, los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1882 á 1883 :

SECRETARÍA DE GOBIERNO.

DEPARTAMENTO DE POLÍTICA INTERIOR

capítulo 1.º

Senado de Plenipotenciarios (Personal).

Art. 1.º Dietas de veintisiete Senadores hasta en sesenta días de sesiones extraordinarias, á $ 6 diarios cada uno $ 9,720

Art. 2.º Secretaría :

1.º Sueldo del Secretario del Senado de Plenipotenciarios hasta en sesenta días de sesiones extraordinarias y quince días más, para el arreglo del archivo, á $ 200 mensuales 500
2.º Sueldo del Secretario auxiliar, en el mismo tiempo, á $ 150 mensuales 375
3.º Sueldo del Oficial Mayor de número, en el mismo tiempo, á $ 120 mensuales 300
4.º Sueldo del Oficial Mayor supernumerario, en el mismo tiempo, á $ 120 mensuales 300
5.º Sueldo del Oficial 1.º, en el mismo tiempo, á $ 100 id 250
6.º Sueldo del Corrector de los Anales, en sesenta días de sesiones extraordinarias, á $ 150 mensuales 300
7.º Sueldo de tres Relatores, en el mismo tiempo, á $ 160 mensuales cada uno 960
8.º Sueldo de seis Escribientes en sesenta días de sesiones extraordinarias y quince días más para el arreglo del archivo, á $ 60 mensuales cada uno 900
9.º Sueldo de dos Cuestores en sesenta días de sesiones extraordinarias, $ 50 mensuales cada uno 200
10. Sueldo de cincuenta Agentes de policía en el mismo tiempo, á $ 30 mensuales cada uno 3,000
11. Sueldo del Portero auxiliar en sesenta días de sesiones extraordinarias y quince días más para el arreglo del archivo, á $ 30 mensuales 75
12. Sueldo del Cartero en sesenta días de sesiones extraordinarias, á $ 25 mensuales 50
13. Sueldo del policía encargado de la correspondencia, en el mismo tiempo, á $ 30 mensuales 60 7,270
16,990

capítulo 2.º

Senado de Plenipotenciarios (Material).

Art. 4.º Escritorio y alumbrado para el Senado 300 300

capítulo 3.º

Cámara de Representantes (Personal).

Art. 5.º Dietas de sesenta y un Representantes, un Diputado y cuatro Comisarios, hasta en sesenta días de sesiones extraordinarias, á $ 6 diarios cada uno 23,760

Art. 6.º Secretaría :

1º. Sueldo del Secretario de la Cámara hasta en sesenta días de sesiones extraordinarias y quince días más para el arreglo del archivo, á $ 200 mensuales 500
2.º Sueldo del Secretario auxiliar en el mismo tiempo, á $ 150 mensuales y sobresueldo del mismo durante los noventa días de sesiones ordinarias, á $ 50 mensuales 525
3.º Sueldo del Oficial Mayor hasta en sesenta días de sesiones extraordinarias y quince días más para el arreglo del archivo, á $ 120 mensuales 300
4.º Sueldo del Oficial 1.º, en el mismo tiempo, á $ 100 mensuales 250
5.º Sueldo de un Oficial escribiente, en el mismo tiempo, á $ 80 mensuales 200
6.º Sueldo de siete Escribientes, en el mismo tiempo, á $ 60 mensuales cada uno 1,050
7.º Sueldo de dos Cuestores, en sesenta días de sesiones extraordinarias, á $ 50 mensuales cada uno 200
8.º Sueldo de treinta Agentes de policía, en el mismo tiempo, á $ 40 mensuales cada uno 2,400
9.º Sueldo del Portero auxiliar, en sesenta días de sesiones extraordinarias y quince días más para el arreglo del archivo, á $ 30 mensuales 75
10.º Sueldo del Cartero en sesenta días de sesiones extraordinarias, á $ 25 mensuales 50 5,550
29,310

capítulo 4.º

Cámara de Representantes (Material).

Art. 8.º Escritorio y alumbrado para la Cámara de Representantes 300 300
Total del Departamento $ 46,900

SECRETARÍA DE INSTRUCCION PUBLICA.

departamento de instruccion publica.

capítulo 47.

Gastos generales.

Art. 158.

. Para composición y refacción de los locales pertenecientes á las Escuelas Normales de Popayán y Tunja y Colegio de San Simón de Ibagué 3,000
Total del Departamento $ 3,000

SECRETARÍA DEL TESORO.

departamento de la deuda nacional.

capítulo 61.

Pensiones.

Art. 223.

Para pagar al señor General José de Dios Ucrós, militar de la Independencia, el aumento á $ 200 de la pensión de que venía disfrutando, el cual le fué conferido por sentencia de la Corte Suprema federal, de 27 de Febrero del presente año, á razón de $ 60 mensuales, en los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto del mismo año 360
Total del Departamento $ 360

SECRETARÍA DE HACIENDA.

departamento de hacienda.

capítulo 81.

Gastos varios previstos é imprevistos.

Art. nuevo (para después del 342).

Para pagar al señor Antonio González Carazo su sueldo como Inspector de Aduanas y Marina en 24 días del mes de Octubre de 1882 160 10
Art. nuevo. Para pagar al señor al señor José María Gómez el valor de los útiles de escritorio, agua y alum-
Pasan 160 10 50.260
Vienen 160 10 50.260
brado que suministró á la oficina del Resguardo del Puerto Tolú, en el tiempo trascurrido de Febrero de 1878 á Octubre de 1882 66 50 226 60
Total del Departamento $ 226 60

SECRETARÍA DE FOMENTO.

departamento de correos y telégrafos.

captíulo 89.

Administraciones principales y subalternas de Hacienda nacional (Personal).

Art. 386. Administraciones subalternas de Hacienda nacional anexas á las principales :

Estado de Antioquia :

2.º Dependientes de la Administración principal de Hacienda nacional en Medellín :

Salamina $ 360

Estado de Cundinamarca :

1.º Dependientes de la Administración general de Correos nacionales :

Facatativá 100 460

capítulo 91.

Agencias postales (Material).

Art. 397. Barranquilla :

. Escritorio y local 600 600

capítulo 97.

Telégrafos (Personal).

Art. 421. Sueldos de los empleados de este Ramo, así :

6.º (nuevo). Para los Visitadores accidentales de las líneas telegráficas, Jefes de éstas en los Estados de Boyacá, Santander y Tolima, (aproximación) 3,300 3,300
Total del Departamento $ 4,360
Total general $ 54,846 60

Dada en Bogotá, á catorce de Junio de mil ochocientos ochenta y tres.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

R. Lésmez.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Carlos Delgado C.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Leonídas Flórez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Carlos Cotes.

Poder Ejecutivo nacional - Bogotá, 16 de Junio de 1883.

Publíquese y ejecútese.

El Presidente de la Unión,

(L.S.) JOSÉ E. OTÁLORA.

El Secretario del Tesoro,

Alejandro Posada.