por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979 (Congresos Nacional y Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional), por $ 782.242.000.00
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1º. Adicionase al el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de3 setecientos ochenta y dos millones doscientos cuarenta t dos mil pesos ($ 782.242.000.00) moneda corriente, que con base en el Certificado de Disponibilidad de número 4 de 1979 expedido por el Contralor General de la República, se incorpora al siguiente numeral:
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, hácense los siguientes creditos adicionales en el Presupuesto de Gasto de la vigencia fiscal de 1979.
Artículo 3°. La presente Ley desde la fecga de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a... de ... de mil novecientos setenta y nueve (1979).
El Presidente del honorable Senado de la Republica,
JAIME PAVA NAVARRO.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
JORGE MARIO EASTMAN
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Amaury Guerrero
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jairo Morera Lizcano
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Bogotá D.E, mayo 16 de 1979
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Jaime García Parra
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