POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DE UN COLOMBIANO ILUSTRE (DOCTOR DIEGO MENDOZA PÉREZ)

Rango Ley
Publicación 1933-11-21
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

CONSIDERANDO

Que el doctor Diego Mendoza Pérez fue distinguido exponente de una generación colombiana cuyos servicios a la democracia constituyen ejemplos de carácter, de abnegación y de lealtad a la República;

Que el doctor Mendoza Pérez desarrolló una fecunda labor en los despachos administrativos, en el Parlamento y en la diplomacia;

Que consagró su meritoria vida a la educación de la juventud y debe considerársele como uno de los maestros que influyeron más eficazmente en la formación espiritual de la nacionalidad, y

Que hizo del externado de Derecho y Ciencias Políticas un admirable instituto de investigación científica, obra digna de su sabiduría y de su patriotismo.

DECRETA:

Artículo 1° La República de Colombia deplora la muerte del doctor Diego Mendoza Pérez, y tributa a su memoria un homenaje de gratitud.
Artículo 2° El Gobierno publicará las obras completas del doctor Mendoza Pérez y procurará su divulgación, dentro y fuera del país, por intermedio de la Biblioteca Nacional.

Parágrafo. La partida para el cumplimiento de esta erogación se considerará incluida en el Presupuesto de la próxima vigencia y de las siguientes, hasta que se termine la publicación de las mencionadas.

Artículo 3° Autorizase al Gobierno para decretar a cargo del Tesoro Público los gastos necesarios a fin de erigir en Bogotá un busto en bronce del doctor Mendoza Pérez.
Artículo 4° Copias de esta Ley, en edición de lujo, serán entregadas al señor Rector del Externado de Derecho y Ciencias Políticas, al Concejo Municipal de Tunja y a la familia del ilustre colombiano.

Dada en Bogotá a treinta de octubre de mil novecientos treinta y tres.

El Presidente del Senado, DARIO ECHANDIA-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFREDO NAVIA. El Secretario del Senado, Odilio Vargas. El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 15 de 1933.

Publíquese y ejecútese.

ENRIQUE OLAYA HERRERA.

El Ministro de Gobierno,

Gabriel TURBAY.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO.

El Ministro de Educación Nacional,

Pedro M. CARREÑO.

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