por la cual se dispone la terminación de una vía y la construcción de un canal de irrigación en la Providencia de García Rovira

Rango Ley
Publicación 1938-04-01
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1º A partir de la vigencia de esta Ley, la Nación procederá a la terminación de la vía de herradura que conduce de García Rovira a Casanare, llamada camino de Wilches.

Con el objeto de facilitar la rápida terminación de la expresada vía, el Gobierno dará inmediato cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 102 de 1919.

ARTICULO 2º Asímismo procederá a la construcción de una toma de irrigación en el Municipio de Capitanejo, según los planos previamente levantados por dicho Municipio.
ARTICULO 3º Destínase la suma de setenta mil pesos ($70,000.00) que se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos anteriores. En caso de que la partida señalada fuere insuficiente para cabal cumplimiento de la presente Ley, el Gobierno queda autorizado para abrir los créditos adicionales necesarios para su completa ejecución.
ARTICULO 4º Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veintiocho de febrero de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, HUMBERTO GOMEZ NARANJO-El Presidente de la Cámara de Representantes, PEDRO ALONSO JAIMES-El Secretario del Senado, Antonio Orduz Espinoza-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, marzo 22 de 1938.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.