Por la cual se sustituye el artículo 12 de la Ley 37 de 1931

Rango Ley
Publicación 1945-12-06
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1º Las participaciones de los Departamentos y Municipios en cuyos respectivos territorios se adelantaren explotaciones petrolíferas será del 50% de las regalías, cánones o beneficios pagados al Estado por dichas explotaciones en el año anterior, para los primeros y del 5% para los segundos. Tales participaciones se considerarán como parte del patrimonio de aquellas entidades para los efectos del artículo 183 de la Constitución.

Las Asambleas Departamentales reglamentarán por medio de ordenanzas la inversión de lo que corresponda tanto a los departamentos como a los Municipios en las rentas de petróleo.

Estas participaciones se destinarán exclusivamente al fomento de la instrucción pública, de la agricultura y de las vías de comunicación.

ARTICULO 2º En la Ley de Apropiaciones de cada vigencia se destinará todos los años a favor de los Municipios y de los Departamentos la suma que corresponde a cada una de las entidades, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 1º de la presente Ley.
ARTICULO 3º En los términos de la presente Ley, que regirá desde su sanción, queda sustituido el artículo 12 de la Ley 37 de 1931.

Dada en Bogotá, a diez y nueve de noviembre de mil novecientos cuarenta y cinco.

El Presidente del Senado, EDUARDO FERNÁNDEZ BOTERO-El Presidente de la Cámara de Representantes, LAZARO RESTREPO R.-El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo-El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B.

República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, 30 de noviembre de 1945.

Publíquese y ejecútese.

ALBETO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Francisco de P. PEREZ-El Ministro de Minas y Petróleos Alberto CAMACHO ANGARITA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.