por la cual se concede un auxilio a un camino
El Congreso de Colombia,
CONSIDERANDO :
l.° Que es un deber ineludible, fomentar las vías de comunicación de la República, para dar de ese modo mayor ensanche á la agricultura y al comercio en general, y 2 ° Que las poblaciones del Centro del Departamento de Bolívar son todas de grande importancia comercial y merecen por tanto interés por parte del Cuerpo Legislativo nacional,
DECRETA:
Art. 1.° Auxíliase con la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) el camino que conduce de la ciudad del Carmen, Departamento de Bolívar, á los Distritos de Zambrano y Jesús del Río del mismo Departamento á orillas del río Magdalena.
Art. 2.° La suma señalada en el artículo anterior se pondrá á disposición del Gobernador del Departamento de Bolívar, para que éste vaya remitiéndola por partes, y á medida que avancen los trabajos, á la Junta ó entidad encargada de la dirección de aquéllos.
El Gobernador del Departamento tendrá á su cargo la Suprema inspección de los trabajos
Art. 3.° La partida fijada en el artículo l.° se considerará incluída en el Presupuesto de Rentas y Gastos de la vigencia próxima.
Dada en Bogotá, á quince de Octubre de mil ochocientos noventa.
El Presidente del Senado, J. F. INSIGNARES S -El Presidente de la Cámara de Representantes, J. M. DOMÍNGUEZ E.-El Secretario del Senado, Enrique De Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo - Bogotá, 8 de Noviembre de 1890.
Publíquese y ejecútese.
(L S.) CARLOSHOLGUÍN.
El Subsecretario de Fomento, encargado del Despacho,
CARLOS MICHELSEN U.
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