Por la cual se destina una suma para gastos de las honras fúnebres
DECRETA:
Artículo Unico. El Gobierno procederá a dictar las medidas conducentes para que se celebren con la mayor solemnidad posible las honras fúnebres de SU SANTIDAD LEON XIII.
Para atender a los gastos que esto demanda, podrá invertir hasta la suma de diez y seis mil pesos ($16,000), la cual; se considerara incluida en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia económica.
Dada en Bogotá, a 10 de Agosto de 1903.
El Presidente del Senado, GUILLERMO QUINTERO C.- El Presidente de la Cámara de Representantes, FRANCISCO A. ARANGO.- El Secretario del Senado, Miguel A. Peñaredonda. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo - Bogotá, Agosto 12 de 1903.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) JOSE MANUEL MARROQUIN.
El Subsecretario del Tesoro, Encargado del Despacho,
JOSE M. CORDOVEZ M.
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