por la cual se cede un terreno para vivienda a "Provipress", Organización de Empleados y Profesores del Colegio Nacional de San Simón, de la ciudad de Ibagué, Departamento del Tolima
EL Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo primero. Cédese a la entidad denominada "Provipress" de la ciudad de Ibagué 12.779.13 metros cuadrados de terreno, que forman parte de los 300.000 metros cuadrados que la Conciliatura cedió a la Nación mediante la escritura número 1375 de 1976, de la Notaría Segunda de Ibagué, para que dicha entidad adelante programas de vivienda para profesores y empleados del Colegio Nacional de San Simón, de Ibagué.
Artículo segundo. El terreno que se cede a "Provipress", para vivienda de los profesores y empleados es de 12.779.13 metros cuadrados, conformados por dos áreas irregulares, así:
75 metros de frente por la carrera 6ª entre Avenida 37 y proyecto de calle 36.
89 metros de frente al proyecto de la carrera 7ª entre Avenida 37 y proyecto de la calle 36.
82 metros entre carrera 6ª y proyecto de la carrera 7a. por proyecto de la calle 36.
92 metros entre la carrera 6ª y proyecto de la carrera 7ª por la Avenida 37.
90 metros por proyecto de la carrera 7ª entre la Avenida 37 y proyecto de la calle 36.
66 metros por la avenida 37 a partir del proyecto de la carrera 7ª.
64 metros al otro costado, por el proyecto de la calle 36 a partir del proyecto de la carrera 7ª.
88 metros comprendidos entre el proyecto de la calle 36 y la Avenida 37.
Artículo tercero. Si en el término de tres años no se han realizado los programas de vivienda de que trata la presente Ley, revertirá el derecho de dominio a la Nación sobre el lote de terreno, materia de esta cesión.
Artículo cuarto. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y tres (1983).
El Presidente del honorable Senado de la República,
CARLOS HOLGUIN SARDI
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese.
Dada en Bogotá, a 16 de enero de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Justicia,
Rodrigo Lara Bonilla.
El Ministro de Educación Nacional,
Rodrigo Escobar Navia.
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