Por la cual se concede una pensión a la señora Ezequiela González, hija del prócer de la Independencia, señor Coronel Francisco J. González
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,
considerando:
Que el Coronel de Colombia, Francisco J. González, prestó a la causa de la Independencia importantes servicios desde el 20 de julio de 1810,
decreta:
Artículo único. Concédese una pension alimenticia a la hija lejítima del Coronel Francisco J. González, de veinticinco pesos mensuales.
Dada en Bogotá, a diez i nueve de abril de mil ochocientos setenta i tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, Daniel Aldana.
El Presidente de la Cámara de Representantes, V. Noguera Maza.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.
El Secretorio de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.
Bogotá, 24 de abril de 1873.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.)
- M. MURILLO.
El Secretorio del Tesoro i Crédito nacional, F. Perez.
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