por la cual se ordena la conservación de la Escuela Normal de San Gil

Rango Ley
Publicación 1910-10-25
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.º La Escuela Normal para señoritas que existe en la ciudad de San Gil continuará funcionando en esa localidad, de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia.

Parágrafo. La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley se considerará incluída en los respectivos Presupuestos.

Artículo 2.º Esta Ley no modifica el articulo 13 de la Ley 39 de 1903.

Dada en Bogotá a siete de octubre de mil novecientos doce.

El Presidente del Senado,

LUIS A. MESA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ

El Secretario del Senado,

Julio H. Palacio

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Daniel J. Reyes.

Poder-Ejecutivo Bogotá, noviembre 15 de 1913.

Publíquese y Ejecútese.

CARLOS E. RESTREPO.

El Ministro de Gobierno,

CLODOMIRO RAMIREZ

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