por la cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de gastos de 1913
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Abrese al Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1913 un crédito extraordinario por la suma de diez mil pesos ($10.000), con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES
Capítulo 24
Gastos varios
Artículo 219 a. Para atender el pago de los gastos que ocasione la representación de Colombia en el 5º Congreso Médico Latino Americano, y 6º Panamericano que debe reunirse en Lima en el mes de noviembre del presente año. $10.000
Dada en Bogotá, a once de octubre de mil novecientos trece.
El Presidente del Senado,
P. A. MOLINA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Juan Bucheli
El Secretario del Senado,
Julio H. Palacio
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Daniel J. Reyes
Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 13 de 1913.
Publíquese y ejecútese.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
FRANCISCO JOSÉ URRUTIA
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